En virtud de lo señalado en el Decreto N°83 de 2024, cuya tramitación concluyó el 28 de febrero, instruye que, a partir de las remuneraciones de FEBRERO 2024, la distribución del 7% de salud que se cotiza a los trabajadores afiliados a FONASA y cuyos empleadores se encuentran adscritos a una Caja de Compensación (CCAF) será de:
Cabe señalar que este cambio de porcentaje es sólo de distribución, la cotización obligatoria de salud continúa siendo 7% de la remuneración imponible del trabajador.
Para el caso de trabajadores afiliados a FONASA cuyos empleadores NO se encuentran adscritos a una Caja de Compensación (CCAF) la tasa de cotización de 7% de salud se recaudará de manera íntegra en FONASA.
IMPORTANTE: Si hay empleadores que ya hayan cargado el archivo, recomendamos cargarlo nuevamente considerando el cambio en la distribución de la tasa, con el fin de dar cumplimiento al Decreto.
Si hay empleadores que ya pagaron las cotizaciones con la distribución de salud de 3,9% para Fonasa y 3,1% para las CCAF, las instituciones, solo para las remuneraciones de Febrero 2024, realizarán las correspondientes regularizaciones en forma interna.